Te llegó una demanda… por WhatsApp

Un juez de Paz notificó a través de WhatsApp a las partes de una causa por un conflicto de alimentos. “Deben flexibilizarse las normas procesales y compatibilizarse el estado sanitario actual”, justificó.

En los autos “S. S.  G.  C/ G. R. A.  S/ ALIMENTOS”, el Juzgado de Paz de General La Madrid notificó a través de la aplicación WhatsApp a las partes de una causa donde se tramita el pago de alimentos sobre los pasos a seguir mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

El titular del juzgado, Javier Pablo Heredia, explicó que lo solicitado en la causa se inscribe en “la necesidad alimentaria impostergable no admite otra tutela que no sea la efectivización en forma inmediata a través del proceso cautelar”.

El caso, explicó el juez, debe ser analizado desde una perspectiva de género porque la demandante está dedicando su tiempo exclusivamente al cuidado de los 4 niños, lo que naturalmente le impide realizar cualquier tipo de tarea remunerada, agravándose de esta manera las necesidades de los mismos, “no resultando equitativo que la formalidad de un acto procesal como el de la notificación de la demanda en formato papel y con la participación de un funcionario público”.

Por lo tanto, “deben flexibilizarse las normas procesales y compatibilizarse el estado sanitario actual, la debida protección de la integridad de las partes y del personal judicial que debiera intervenir eventualmente en el acto de notificación con las posibilidades tecnológicas que permitan replicar dicho acto con las salvaguardias necesarias para garantizarse la efectiva comunicación del reclamo alimentario y el ejercicio pleno del derecho e defensa del demandado”, detalló Heredia.

“Apelando asimismo a la lealtad y buena fe procesal que debe reinar en todo proceso de familia, con especial readecuación situación social y sanitaria que resulta de público y notorio conocimiento”, se lee en la sentencia.

Por último, el magistrado resaltó que, “en materia de violencia familiar o de género, la SCBA autorizó a los Juzgados de Paz la recepción de las denuncias por medios telemáticos, incluso utilizando la aplicación de la mensajería instantánea WhatsApp; así como la comunicación de dichas medidas por tal vía a las partes y/o autoridades competentes​”.

El juez indicó que la audiencia fijada se celebrará por videoconferencia mediante la aplicación Teams y anexó a la notificación los instructivos de instalación y funcionamiento de la mentada aplicación elaborados por la Subsecretaría de Tecnología Informática de la Suprema Corte bonaerense.

Fuente: Diario Judicial

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