El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense imputó a la empresa Clorox Argentina S.A., por prácticas abusivas y publicidad engañosa en las lavandinas “Ayudín”.
La Provincia de Buenos Aires imputó de oficio a la empresa Clorox Argentina S.A. tras detectar presuntas infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor, como prácticas abusivas, falta al deber de información y publicidad engañosa, en productos identificados como “Ayudín, agua lavandina común. Original” y “Ayudín, agua lavandina común. Máxima Pureza”.
Las características y colores del envase y las leyendas de ambos productos resultan idénticas, como también resultan idénticos los componentes detallados en ambas etiquetas: “Agua, Hipoclorito de Sodio (100%) 2,67% alcanizante”.
En su portal web, la empresa sostiene que la versión “Máxima Pureza” podría diferenciarse de la versión “Original” por su funcionalidad “apta para sanitización de frutas y verduras”, uso que no se encuentra informado en el etiquetado del producto, por lo que las y los consumidores no cuentan con esa información en el momento de la compra.
Las autoridades provinciales consideran que, dado que los componentes, propiedades, efectos y funciones de ambos productos no se aprecian diferentes y que los envases son difíciles de diferenciar, esto podría generar confusión en las y los consumidores.
“Clorox no informa, en ninguno de sus canales de comunicación ni en el envase del producto, en qué consiste la ‘máxima pureza’ ni cómo incide en la eliminación de bacterias y la desinfección general la posibilidad de ser ‘multifiltrada’. Tampoco indica por qué sería especialmente apta para la sanitización de frutas y verduras, en comparación con la versión ‘Original’. Es decir, no es posible determinar cómo, pese a tratarse de productos con idéntica composición, de acuerdo a su etiqueta, poseen presuntamente usos diversos y, en consecuencia, precios diferentes”, señalaron.
La empresa fue notificada y posee 5 días hábiles e improrrogables para presentar su descargo. De lo contrario, deberá abonar una multa de $ 500.000.
